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Feriados legales en Chile 2026: calendario completo

Chile tiene un total de 17 días feriados en 2026, de los cuales cinco son irrenunciables: 1 de enero (Año Nuevo), 1 de mayo (Día del Trabajo), 18 y 19 de septiembre (Fiestas Patrias y Día de las Glorias del Ejército) y 25 de diciembre (Navidad).

Calendario completo de feriados 2026

Los feriados nacionales de 2026 son: 1 de enero (Año Nuevo, irrenunciable), 3 de abril (Viernes Santo), 4 de abril (Sábado Santo), 1 de mayo (Día del Trabajo, irrenunciable), 21 de mayo (Día de las Glorias Navales), 21 de junio (Día Nacional de los Pueblos Indígenas), 29 de junio (San Pedro y San Pablo), 16 de julio (Día de la Virgen del Carmen), 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 18 de septiembre (Independencia Nacional, irrenunciable), 19 de septiembre (Día de las Glorias del Ejército, irrenunciable), 12 de octubre (Encuentro de Dos Mundos), 31 de octubre (Día Nacional de las Iglesias Evangélicas y Protestantes), 1 de noviembre (Día de Todos los Santos), 8 de diciembre (Inmaculada Concepción) y 25 de diciembre (Navidad, irrenunciable).

Feriados irrenunciables: qué significa

En los días irrenunciables (1 de enero, 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre y 25 de diciembre), los centros comerciales y supermercados deben permanecer cerrados. Existen excepciones para cines, restaurantes, farmacias de turno y servicentros.

Fines de semana largos en 2026

En 2026 hay seis fines de semana largos: Semana Santa del 3 al 5 de abril, Día del Trabajador del 1 al 3 de mayo, San Pedro y San Pablo del 27 al 29 de junio, Fiestas Patrias del 18 al 20 de septiembre, Encuentro de Dos Mundos del 10 al 12 de octubre, y Navidad del 25 al 27 de diciembre.

Feriados regionales

Existen además feriados que aplican solo a ciertas regiones: el 7 de junio en la Región de Arica y Parinacota por el Asalto y Toma del Morro de Arica, y el 20 de agosto en las comunas de Chillán y Chillán Viejo por el Natalicio de Bernardo O’Higgins.

¿Puedo trabajar en un feriado?

Sí, salvo en los irrenunciables para el comercio. Si trabajas en un feriado irrenunciable, la ley obliga al empleador a otorgar un día adicional de descanso o compensación económica especial.

Fuente: Dirección del Trabajo. Calendario vigente para el año 2026.