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Subsidio hipotecario y Fogaes hasta 6.000 UF: requisitos y cómo postular

Si estás pensando en comprar tu primera vivienda nueva, existe un beneficio estatal que puede ayudarte a reducir tanto el pie como el dividendo mensual de tu crédito hipotecario: el Subsidio a la Tasa de Interés de Créditos Hipotecarios de Viviendas Nuevas, combinado con la Garantía Estatal Fogaes (Fondo de Garantías Especiales). Tras la ley promulgada en agosto de 2026, el beneficio amplió su cobertura hasta viviendas de 6.000 UF. Aquí te explicamos en qué consiste y cómo acceder a él.

En qué consiste el beneficio

El programa combina dos ayudas que operan en conjunto:

  • Rebaja en la tasa de interés: se aplican 60 puntos base (0,60%) de descuento a la tasa de interés del crédito hipotecario.
  • Garantía estatal Fogaes: el Estado respalda hasta el 50% del saldo insoluto del crédito, lo que permite a los bancos ofrecer mejores condiciones comerciales.

Gracias a esta combinación, es posible acceder a financiamiento de hasta el 90% del valor de la vivienda y a plazos de hasta 30 años para pagar el crédito.

Requisitos para postular

Para acceder a este beneficio, debes cumplir con los siguientes requisitos de forma copulativa (es decir, todos a la vez):

  • Ser persona natural (no se aceptan empresas, fundaciones ni otras entidades).
  • Que el crédito sea para financiar la compra de una vivienda nueva, es decir, que corresponda a su primera venta y nunca haya sido habitada.
  • Que el valor de la vivienda no supere las UF 6.000 (incluyendo estacionamiento y bodega, si corresponde). Si además cuentas con un subsidio habitacional del Minvu (DS1 o DS19), el tope baja a UF 3.000.
  • No haber firmado una promesa de compraventa con fecha anterior al 31 de diciembre de 2024.
  • No estar inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos (Ley N° 21.389).
  • Que el financiamiento solicitado no supere el 90% del valor de la vivienda.
  • Cumplir con los criterios de evaluación de ingresos y comportamiento financiero que exige cada banco.

El propio ministro de Vivienda, Iván Poduje, precisó que «puede postular cualquier persona que acredite los ingresos que corresponden al Fogaes», y aclaró que el subsidio impacta tanto en la reducción del pie como en el monto del dividendo mensual. Además, es posible complementar ingresos con otra persona (por ejemplo, tu pareja) para facilitar el cumplimiento de los requisitos económicos del crédito.

Cómo postular: no es un trámite aparte

Una de las principales ventajas de este programa es que no necesitas postular a un subsidio por separado. El proceso es simple:

  1. Encuentra una vivienda nueva que cumpla con los requisitos de valor y condición.
  2. Acércate a un banco o institución financiera que participe del programa (la mayoría de los bancos comerciales y BancoEstado ofrecen esta línea).
  3. Solicita tu crédito hipotecario de la forma habitual.
  4. Si cumples los requisitos, el subsidio a la tasa y la garantía Fogaes se aplican automáticamente al momento de la evaluación.

El Serviu y el Minvu no intervienen en la tramitación individual: es el propio banco el que verifica tu elegibilidad y aplica el beneficio directamente en las condiciones de tu crédito.

Cupos disponibles

La ley contempla un total de 80.000 subsidios a nivel nacional, ampliados desde los 50.000 originales, que se distribuyen entre todas las instituciones financieras que participan del programa. De ese total, 6.000 cupos están reservados específicamente para viviendas adquiridas con subsidios habitacionales DS1 o DS19.

Un ahorro que se puede combinar

El beneficio se complementa, además, con la exención transitoria de IVA para la compra de viviendas nuevas, contemplada en la Ley de Reconstrucción Nacional. Según ha señalado el propio Gobierno, el efecto combinado de ambos beneficios podría representar un ahorro cercano al 10% del valor total de la vivienda para quienes califiquen.

Vigencia

El programa aplica a créditos hipotecarios cuyas escrituras se firmen desde el 1 de enero de 2025, y su vigencia legal se extiende hasta el 31 de mayo de 2028, según lo establecido en la ampliación aprobada este año.