La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó este miércoles el rechazo a la prisión preventiva de Alberto Larraín Salas, fundador de la fundación ProCultura, manteniendo las medidas cautelares de menor intensidad que ya había decretado el 4° Juzgado de Garantía de Santiago. La resolución representa un nuevo revés para el Ministerio Público y para el Consejo de Defensa del Estado (CDE), que habían apelado conjuntamente buscando que el imputado quedara privado de libertad.
La arista que se resolvió esta vez
El fallo corresponde específicamente a la arista Antofagasta del caso Convenios, en la que Larraín y la representante legal de ProCultura, María Constanza Gómez, fueron formalizados por seis delitos consumados de apropiación indebida. La investigación apunta al destino de recursos públicos transferidos a la fundación: $629,8 millones del Gobierno Regional de Antofagasta, destinados a un proyecto de recuperación de fachadas en la zona de conservación histórica, y otros cuatro convenios adicionales suscritos con la Seremi de Vivienda por más de $500 millones. En total, esta hebra específica de la investigación involucra más de $1.100 millones en fondos públicos.
La resolución fue adoptada por la Octava Sala del tribunal de alzada, luego de que tanto la Fiscalía como el CDE presentaran recursos buscando revertir la decisión del 17 de agosto y conseguir la prisión preventiva de Larraín. Curiosamente, la defensa del propio imputado también había apelado, aunque con un objetivo distinto: inicialmente buscaba eliminar por completo las cautelares vigentes, pero durante los alegatos ante la Corte limitó su petición a solo levantar la obligación de firma quincenal.
Los argumentos que no convencieron a la Corte
Para fundamentar la necesidad de la prisión preventiva, los persecutores apuntaron al número de delitos imputados, la gravedad de las penas asociadas, la afectación al patrimonio fiscal y la existencia de otros procesos pendientes contra Larraín —en clara referencia a la arista Metropolitana del mismo caso ProCultura, donde también enfrenta una investigación por fraude al fisco vinculada a un convenio de $1.683 millones con el Gobierno Regional Metropolitano para el programa de prevención del suicidio «Quédate»—.
Sin embargo, la Corte coincidió con el criterio del tribunal de primera instancia y fue categórica: «la prisión preventiva del imputado Larraín Salas no resulta absolutamente indispensable para asegurar la realización de los fines del procedimiento». El tribunal agregó que, pese a que Larraín ya ha sido formalizado en otros procesos por hechos similares, «las cautelares de menor intensidad impuestas en ellos han resultado suficientes para asegurar su comparecencia al juicio», destacando además que el imputado «se ha mantenido disponible a todos los actos del procedimiento».
Un doble estándar que la propia Corte cuestionó
Uno de los elementos más llamativos del fallo es que el tribunal cuestionó directamente la estrategia de la Fiscalía y el CDE por pedir un trato distinto para Larraín respecto de su coimputada, María Constanza Gómez, quien mantiene cautelares más leves. Según el fallo, los persecutores no realizaron «una imputación penal diferenciada respecto de los imputados formalizados en autos» y, aunque le atribuyen a Larraín el dominio del hecho, «la participación atribuida a ambos es la misma». Por ello, el tribunal concluyó que «no se divisa de manera clara y categórica cuál sería la diferencia» para justificar un trato cautelar distinto entre ambos.
La Corte fue incluso más allá y cuestionó que no se hubiesen entregado antecedentes sólidos sobre una eventual colaboración de Gómez con la investigación, señalando que «no se han explicitado razones fundadas» para reconocerle una atenuante de colaboración sustancial, ya que no se aportaron detalles sobre el contenido de sus declaraciones.
Un patrón que se repite
Con esta resolución, la investigación por presuntas irregularidades en el manejo de fondos públicos por parte de ProCultura acumula ya dos rechazos judiciales consecutivos a la prisión preventiva de Larraín en distintas aristas del mismo caso. Primero en la arista Metropolitana, en febrero de este año, y ahora en la arista Antofagasta, confirmada este miércoles. En ambas ocasiones, tanto el tribunal de garantía como la Corte de Apelaciones han coincidido en que las medidas cautelares de menor intensidad —arraigo nacional, firma periódica, prohibición de comunicarse con coimputados— son suficientes para asegurar la comparecencia del imputado, pese a que el propio Ministerio Público ha calificado en ambas instancias la gravedad de los delitos y el monto de los fondos públicos comprometidos.
La única disidencia dentro del tribunal en esta última resolución provino del ministro Rodrigo Schnettler, quien estuvo por ir incluso más allá que sus pares y eliminar también la obligación de firma quincenal para Larraín, al considerar que esa medida carecía «de todo propósito, finalidad o instrumentalidad» para asegurar su comparecencia.
Lo que sigue
Con las apelaciones tanto de la Fiscalía y el CDE como de la defensa de Larraín rechazadas, el imputado continuará el proceso con firma quincenal, arraigo nacional y prohibición de comunicarse con Gómez Cruz, mientras las investigaciones —tanto en la arista Antofagasta como en la Metropolitana— continúan su curso para determinar el destino final de los más de $2.700 millones en fondos públicos que, en conjunto, ambas aristas del caso ProCultura tienen bajo la lupa del Ministerio Público.