Se publica la Ley 21.849: Chile ya tiene Reglas de Uso de la Fuerza para policías y FF.AA.

El Diario Oficial publicó la Ley 21.849, que regula el uso de la fuerza de policías y FF.AA. tras más de tres años de tramitación. El TC aún debe resolver si admite el requerimiento de 16 senadores opositores.

El Diario Oficial publicó este viernes 16 de octubre la Ley 21.849, que establece normas generales sobre el uso de la fuerza por las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y, en casos específicos, por las Fuerzas Armadas, tras más de tres años de tramitación. El Tribunal Constitucional (TC) aún no resuelve si admite el requerimiento de 16 senadores de oposición.

¿Qué establece la ley?

Crea un marco legal común, de rango legal, para el uso de la fuerza, que antes se regulaba mediante circulares y decretos internos de cada institución. Se rige por los principios de legalidad, necesidad, responsabilidad y racionalidad. El artículo 7 contempla cinco grados: presencia, actuación mediante técnicas de comunicación, reducción física de la movilidad, uso de fuerza menos letal y uso de fuerza potencialmente letal. El artículo 4 dispone capacitaciones periódicas y certificaciones, y el artículo 15 establece que el personal que cumpla las reglas queda amparado por la eximente de responsabilidad penal de cumplimiento del deber. El uso de la fuerza fuera de los parámetros legales genera responsabilidades para quienes la ejercen.

¿Cómo se tramitó?

El proyecto se inició en 2023. El miércoles 7 de octubre, la Cámara aprobó el informe de la comisión mixta por 111 votos a favor, 23 en contra y 5 abstenciones, y horas después el Senado lo hizo por 29 a favor, 15 en contra y 1 abstención. La comisión mixta, presidida por el senador Karim Bianchi, resolvió las 10 discrepancias entre ambas cámaras.

¿Qué dijo el Gobierno?

El ministro de Seguridad, Martín Arrau, afirmó que la ley “viene a poner en rango legal las reglas de uso de la fuerza, para tener mayor claridad de cómo las fuerzas de orden y seguridad pueden emplear la fuerza”. Destacó que el proyecto obtuvo una amplia mayoría en ambas cámaras. El Gobierno considera que la norma da mayor certeza jurídica a los funcionarios.

¿Qué pasa con el requerimiento ante el TC?

Un grupo de senadores de oposición presentó el viernes 9 de octubre, a las 22:19, un requerimiento contra dos aspectos de la ley: el principio de proporcionalidad y las disposiciones sobre fuerza potencialmente letal. Inicialmente se informó de 13 firmantes; el escrito final lo suscriben 16. El Presidente Kast y el ministro Arrau pidieron el miércoles 14 de octubre al TC declararlo inadmisible por extemporáneo. Sostienen, con base en el artículo 62 de la ley orgánica del TC, que la promulgación se entiende efectuada cuando el decreto ingresa a la oficina de partes de la Contraloría, lo que ocurrió ese mismo viernes a las 13:16, antes de la presentación.

Los senadores responden que el Diario de Sesiones con la aprobación se les entregó recién el viernes a las 18:00, y piden rechazar la objeción de extemporaneidad. El senador Juan Luis Castro (PS) acusó una “promulgación exprés”. El TC debe resolver primero la admisibilidad y, si corresponde, examinar el fondo. La publicación de la ley no resuelve esa controversia.

¿Qué cuestionan los senadores?

Objetan disposiciones que, a su juicio, permiten usar fuerza potencialmente letal para proteger infraestructura crítica o la seguridad militar y nacional sin exigir expresamente una amenaza grave e inminente contra la vida o integridad de las personas. Arrau respondió que “no es novedad” que el PC, con algunos senadores del PS, recurra al TC. Los senadores Pedro Araya (PPD), Iván Flores (DC) y Karim Bianchi, que respaldaron la iniciativa, expresaron reparos a la decisión de acudir al TC.

¿Qué viene ahora?

La resolución del TC sobre la admisibilidad del requerimiento y, de ser admitido, su pronunciamiento sobre las disposiciones impugnadas.

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