Un nuevo estado de excepción y cadena perpetua política: las 8 claves de la reforma de seguridad que ya está en el Senado

El Gobierno del presidente José Antonio Kast ingresó este lunes al Senado, con suma urgencia, el proyecto de reforma constitucional que busca fortalecer el sistema nacional de seguridad pública y crear un nuevo estado de excepción constitucional específico para enfrentar al crimen organizado. Se trata de una de las piezas centrales de la Agenda contra el Crimen Organizado y el Terrorismo (ACOT), la misma que el propio Presidente firmó semanas atrás con la frase «sin seguridad no hay libertad». Al ingresarse con suma urgencia, el Congreso cuenta con un plazo de 15 días para su discusión, tramitación que además coincidirá con la próxima semana distrital de los parlamentarios.

El cambio de fondo: la seguridad como deber permanente del Estado

La reforma contempla ocho modificaciones a la Constitución. La primera y más simbólica es incorporar la «seguridad pública» a las bases mismas de la institucionalidad chilena, a través de un nuevo artículo 9° bis, que reconoce el deber del Estado de resguardar la seguridad pública frente a la delincuencia y el crimen organizado como una obligación permanente, no solo como una política de turno.

Un nuevo estado de excepción, explicado en simple

El corazón de la reforma es la creación del Estado de Excepción Constitucional de Seguridad Pública, regulado en los nuevos artículos 42 bis y 43. A diferencia de los estados de excepción tradicionales —pensados para catástrofes o conmoción interna—, esta nueva herramienta se activa específicamente ante «una amenaza grave e inminente» contra la seguridad pública, o cuando esta ya haya sido «gravemente afectada» por el actuar de organizaciones criminales o terroristas. Podrá ser decretado por el Presidente para actuar en barrios, polígonos o territorios específicos que se encuentren capturados por este tipo de organizaciones, y tendrá una duración máxima de 120 días, prorrogable una vez por el propio Mandatario. Cualquier extensión posterior a esa primera prórroga requerirá obligatoriamente el acuerdo del Congreso Nacional.

Un mecanismo aparte: el catastro oficial de organizaciones criminales

Junto con el nuevo estado de excepción, la reforma crea una segunda herramienta, distinta y con su propio resguardo institucional: la posibilidad de que el Presidente declare formalmente que una agrupación específica constituye una organización terrorista o de crimen organizado, a través de un nuevo numeral 22° incorporado al artículo 32. Para ejercer esa facultad, el Mandatario requiere previamente un informe fundado, ya sea del Ministerio Público o del Consejo de Seguridad Nacional. Y para que esa declaración presidencial produzca efectos, el proyecto exige además que el Senado la ratifique en una sesión secreta especialmente convocada para ese efecto, con el voto conforme de dos tercios de los senadores en ejercicio, dentro de un plazo de cinco días (nuevo numeral 11° del artículo 53). Se trata de un quórum exigente, pensado como un contrapeso institucional específico frente al uso de esta atribución de calificar a una organización como criminal o terrorista —un mecanismo separado del estado de excepción propiamente tal, cuyo único resguardo adicional, como se explicó, es el acuerdo del Congreso para prórrogas más allá de la primera.

Qué facultades entrega el estado de excepción mientras está vigente

Una vez decretado, el estado de excepción permite designar a un Oficial General al mando de las zonas afectadas y desplegar el apoyo de las Fuerzas Armadas en tareas de vigilancia, logística, control perimetral y apoyo técnico a las policías. Además, habilita al Presidente para suspender o restringir libertades como el desplazamiento, la reunión y la asociación, así como autorizar la interceptación de comunicaciones y la requisición de bienes en las zonas bajo este régimen especial.

Consecuencias para quienes sean condenados por crimen organizado

Otro de los ejes de la reforma apunta a las personas condenadas por delitos vinculados al crimen organizado o al terrorismo, para quienes se contempla inhabilitación perpetua para ejercer cargos o funciones públicas, la prohibición durante 15 años de acceder a penas sustitutivas o beneficios penitenciarios, y la pérdida o inhabilitación por 15 años para recibir prestaciones estatales financiadas con recursos públicos. El ministro secretario general de la Presidencia, José García Ruminot, precisó el alcance exacto de este punto: «las eventuales restricciones que tendrían respecto de beneficios pagados con recursos fiscales quedan entregados a una Ley de Quórum Calificado. Es decir, esa materia va a tener que ser regulada», explicó, aclarando que la Constitución fija el principio, pero será una ley posterior la que defina el detalle operativo.

Cárceles con reglas más estrictas

La reforma también encomienda a Gendarmería la aplicación de regímenes penitenciarios diferenciados, con restricciones de visitas y comunicaciones, orientados específicamente a evitar que líderes de organizaciones criminales continúen dirigiendo actividades ilícitas desde el interior de las cárceles —una lógica que conecta directamente con el reciente Plan Cancerbero, ya implementado en el Complejo Penitenciario La Laguna.

Un texto ajustado antes de llegar al Congreso

Vale la pena señalar que la versión final del proyecto no es idéntica a su borrador original. La propuesta llegó al Congreso luego de un proceso de revisión en el que se incorporaron observaciones planteadas por distintos sectores políticos, incluyendo algunas inquietudes surgidas dentro del propio oficialismo. Desde el Ejecutivo defendieron el contenido final de la propuesta y llamaron a que su discusión de fondo se dé, precisamente, durante la tramitación legislativa en el Senado, instancia natural para perfeccionar los detalles del texto.

El antecedente que ya existe: la Macrozona Sur

Conviene recordar que Chile ya cuenta con experiencia reciente en el uso de estados de excepción prolongados: desde 2022, el Congreso ha renovado de forma ininterrumpida el estado de excepción vigente en cuatro provincias de las regiones de La Araucanía y Biobío, una figura que ha permitido desplegar a las Fuerzas Armadas para el control del orden público en esa zona, con resultados que el propio Gobierno ha destacado en balances de seguridad anteriores.

Lo que viene

Con el proyecto ya en el Senado y un plazo de 15 días para su discusión, la Cámara Alta deberá definir en las próximas semanas el destino de una de las reformas constitucionales más relevantes de la actual administración en materia de seguridad. El desafío para el Gobierno será sostener, en esta nueva instancia, el mismo nivel de respaldo político que ha logrado en otras iniciativas de la ACOT, en momentos en que la ciudadanía —según la última encuesta Cadem— respalda de forma mayoritaria el enfoque de seguridad que ha desplegado el actual Ejecutivo.

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