Los que querían eliminar el TC ahora lo usa para bloquear al gobierno: la paradoja de Atria que un abogado desmontó esta semana en El Dínamo

La siguiente nota está basada en la columna «Cuidar el Tribunal Constitucional», publicada por Arturo Hasbún en El Dínamo el 11 de julio de 2026.

Este lunes 13 de julio el Tribunal Constitucional amaneció con una nueva presidenta. María Pía Silva, abogada designada durante el gobierno de Sebastián Piñera, asumió la conducción del organismo en reemplazo de Daniela Marzi, la ministra nombrada directamente por Gabriel Boric en 2022 y cuyo mandato como presidenta venció este fin de semana. La primera señal de Silva fue inequívoca: «El control que aquí se ejerce no es político ni de mérito, sino estrictamente jurídico».

La frase tiene más peso de lo que parece. Porque según el análisis que el abogado Arturo Hasbún publicó esta semana en El Dínamo, el problema del TC en los últimos meses no ha sido solo de composición, sino que también del de voto dirimente. Y ese voto dirimente acaba de cambiar de manos.

El argumento que lo cambia todo

Hasbún identifica en su columna algo que el debate político había pasado por alto. Las disposiciones del proyecto Escuelas Protegidas que fueron declaradas inconstitucionales el 23 de junio «habrían tenido un resultado distinto si el asunto hubiese sido resuelto hoy, concluido el mandato de quien ejercía la presidencia». En otras palabras, con María Pía Silva como presidenta del TC, al menos parte de lo que el gobierno de Kast perdió en ese fallo habría sobrevivido al control constitucional.

La razón es mecánica. Cuando el TC queda empatado en cinco votos contra cinco, la presidencia desempata. Marzi, nombrada directamente por Boric con perfil afín a la agenda progresista, ejerció ese voto dirimente en las normas más polémicas del fallo. Silva, designada por Piñera, tiene un perfil técnico-jurídico más conservador y fue la primera en subrayar que el control del TC es «estrictamente jurídico». El mismo tribunal, con distinta presidencia, puede producir resultados distintos.

Las tres fallas técnicas del fallo

Hasbún no se limita a señalar el problema del voto dirimente. También identifica tres debilidades técnicas concretas en la sentencia de Escuelas Protegidas que, en su opinión, la hacen discutible desde el punto de vista jurídico.

La primera es el argumento sobre la gratuidad universitaria. El TC sostuvo que quitarle ese beneficio a quienes fueran condenados por delitos graves en contextos escolares vulneraba la igualdad ante la ley, porque la sanción solo afectaría a quienes necesitan el beneficio para estudiar. Hasbún lo desmonta con una sola pregunta: «Llevando al extremo el argumento del tribunal, habría que concluir que se vulneran los derechos de quienes hoy deben costear sus estudios». Y va más lejos: con esa misma lógica, quitarle la licencia de conducir a los llamados «papitos corazón» también sería inconstitucional, porque esa sanción solo afecta a quienes tienen auto. La gratuidad, argumenta el abogado, es una prestación creada por la ley con condiciones, no un derecho constitucional inmune a que el legislador establezca requisitos para su acceso o pérdida.

La segunda falla apunta a los instrumentos internacionales que el TC usó como fundamento. El fallo asignó peso decisivo a Observaciones Generales de Comités de Naciones Unidas y otras directrices internacionales que no son tratados vigentes ni tienen jerarquía constitucional en Chile. «Resulta discutible que desempeñen un papel decisivo para invalidar normas aprobadas democráticamente por nuestro Congreso Nacional», escribe Hasbún.

La tercera es precisamente el voto dirimente. El diseño institucional que permite que una sola persona — la presidenta o el presidente de turno — determine el resultado cuando el pleno está empatado. Hasbún plantea que «parece razonable discutir si ese diseño debilita la legitimidad de un órgano llamado precisamente a ejercer una función arbitral por sobre las mayorías circunstanciales». Un fallo que depende del azar de quién preside el tribunal en ese momento no es el tipo de fallo que genera certeza jurídica.

El caso Atria: el espejo más incómodo

La columna de Hasbún abre con una analogía que resume con precisión la paradoja que está viviendo Chile. «¿Se imaginan dedicar toda una vida a promover la eliminación de las armas nucleares, pero defender su uso cuando resultan convenientes?» Así describe la postura de Fernando Atria, el constitucionalista que pasó años argumentando que la democracia sería mejor sin Tribunal Constitucional — y que ahora sostiene que, mientras el TC exista, es legítimo recurrir a él.

El paralelismo con lo que está ocurriendo en la oposición es exacto. El PS, el FA y el PC llevan años cuestionando la legitimidad del TC, acusándolo de ser una «tercera cámara política» no electa que se impone sobre las decisiones del pueblo. El propio Boric escribió en 2018, tras un fallo que afectó la Ley de Educación, que el TC era una «institución cuoteada binominalmente» que actuaba con «irresponsabilidad política». Hoy, esos mismos partidos coordinan con el abogado constitucionalista Tomás Jordán para presentar un requerimiento ante ese mismo tribunal contra la megarreforma del gobierno elegido con 7 millones de votos.

Hasbún señala que quienes sí creen en el TC como institución tienen el deber de exigir que sus razonamientos sean «consistentes, jurídicamente sólidos y respetuosos del margen de decisión que la propia Constitución reconoce al Congreso». Esa es la diferencia entre defender el tribunal y usarlo como arma política según convenga.

Lo que cambia con Silva — y lo que no

La llegada de María Pía Silva a la presidencia no resuelve el problema de fondo: siete de los diez ministros del TC siguen siendo integrantes designados o llegados durante el período de Boric. Pero sí cambia dos cosas concretas. La primera es el voto dirimente, que en empates definirá el resultado de los próximos fallos con un perfil distinto al de Marzi. La segunda es el tono institucional: Silva fue explícita al asumir en que el TC ejerce un control «estrictamente jurídico», no político — una declaración que, en el contexto actual, tiene valor de señal.

El requerimiento de la oposición contra la megarreforma llegará al TC después de que el Senado despache el proyecto, previsiblemente esta semana. La invariabilidad tributaria y las normas medioambientales serán los artículos impugnados. Con Silva en la presidencia y el argumento de Hasbún sobre la solidez técnica que el tribunal debe exigirse a sí mismo, la pregunta ya no es solo si la oposición recurrirá al TC — sino si el TC va a aceptar que sus sentencias sean una extensión de la política por otros medios.

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